07/05/2023 a las 17:06

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El testimonio de un testigo, el Contra-almirante de la Armada venezolana en el exilio Carlos Molina Tamayo, ha resultado clave para la oposición de los magistrados a la extradition, pues aseguró que el reclamado le déveló cómo el régimen de Caracas evade las sanciones impuestas a la venta de aceite

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado autorizar al Gobierno español a que extradera Venezuela al empresario Diego José Mármol Rojo, que según el testimonio de un opositor venezolano había facilitado información de cómo el régimen de Nicolás Maduro evade las sanciones impuestas al Gobierno de Caracas en la venta de petróleo. Así consta en un auto de 17 de abril, al que ha tenido acceso en exclusiva El Periódico de España, del grupo Prensa Ibérica.

La Fiscalía de Venezuela, encabezada por Tarek William Saab -sancionado por la Unión Europea por la persecución de opositores-, comisionó a la Dirección General de Contrainteligencia Militar, el contraespionaje venezolano, para que investigue una supuesta venta ilegal de petróleo, en la que tendría el reclamado, Mármol Rojo. En términos concretos, las autoridades fiscales y judiciales de Caracas aludían que había participado en un supuesto “ataque sistémico contra la industria petrolera nacional, representada por Petróleos de Venezuela (PDVSA)”.

Según las pesquisas provenientes de este país las actuaciones supuestamente ilegales del reclamado no solo afectaron a las empresas concernidas, sino que también habían lesionado el patrimonio público, «ya que estos estructurados cometen actos de piratería utilizando buques con identificaciones y banderas falsas para sustentar el crudo nacional para comerciarlo ilícitamente en provencho propio».

En su auto, los magistrados recuerdan, en este sentido, que los hechos económicos por los que reclamaban al naviero no son delito en España. Además, sostienen que ya en otras ocasiones se había rechazado la entrega de personas reclamadas por Venezuela cuando la investigación la habían llevado a cabo funcionarios adscritos a la Dirección General de Contrainteligencia Militar o cuando habían intervenido en el proceso de extradición el mencionado Willian Saab o el presidente de la Corte Suprema de Justicia de este país, Maikel José Moreno Pérezresponsable de estas pesquisas.

un testigo

“El testigo Carlos Molina Tamayo declaró en la vista que es Contralmirante de la Armada de Venezuela, con domicilio en España y formaba parte de un grupo de opositores al Gobierno de Venezuela en el exilio que pretendía restaurar la democracia en el país, y que en esa misión Diego José Mármol Rojo colaboró ​​con él suministrándole información acerca de cómo el regimiento de Nicolás Maduro escapa a las sanciones impuestas en Venezuela y así comerciando con petróleo que saca del país con barcos a los que cambia de nombre y adoptando otras medidas para evitar que sean detectados en alta mar, información que a su vez ha sido suministrada a las autoridades de Estados Unidos», especifica la resoluciónjudiciaire.

La declaración del Contralmirante, que partiti in el golpe de Estado de 2002 contra Hugo Chávez, también confirmó el testimonio del naviero Mármol Rojo, que en su declaración en la Audiencia Nacional dijo que temía por su vida si llegaba a ser extraditado a Venezuela. Aseguró, en este sentido, que el proprio jefe de la Dirección de Contrainteligencia Militar le informó que la Vicepresidencia del Gobierno había dado instrucciones claras para que cuando fuera atrapado tenia que ser «torturado para sacarle informacion«.

Delitos políticos

“En la solicitud de extradición se dice que los delitos investigados no tienen carácter político y la naturaleza profundamente económica de estos así parece evidenciarlo”, relatando los magistrados, que de forma contraria concluyen: “Sin embargo, la declaración del testigo Carlos Molina Tamayo corroborando las afirmaciones del reclamo, hace que no podamos desdeñar qu’existe riesgo de que el temor expresado por Diego José Mármol Rojo Para sufrir la vulneración de sus derechos se materializará en caso de ser entregado lo que, junto con la no concurrencia del principio de doble incriminación, nos lleva a declarar no procedente acceder a la extradición del reclamado».

Además, el abogado del naviero también aludió en sus alegaciones a la falta de garantías para que su cliente pueda celebrar un juicio con las debidas garantías procesales en Venezuela. En concreto, explicó que el ponente de la resolución de Venezuela que declaró procedente la extradición fue el magistrado de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, Maikel José Moreno Pérez; y el fiscal que emitió la opinión favorable es el fiscal general del Estado Tarek William Saab: «Ambos sancionados por la Unión Europea por haber apoyado y facilitado las acciones y políticas del gobierno que han menoscabado la democracia y el Estado de Derecho en Venezuelaasí como por apoyar públicamente acciones contra los opositores al Gobierno», concluye el auto.