Nuestro sitio web utiliza cookies. Una cookie es un pequeño archivo de texto que se almacena en tu ordenador o dispositivo móvil cuando visitas nuestro sitio. Las cookies nos permiten recordar tus preferencias y ofrecerte una experiencia personalizada.

El estatuto catalán

El estatuto catalán

Nota del editor: La llamada Segunda República Española nació en abril de 1931, el régimen monárquico de Alfonso XII. Ya en agosto de 1931 se celebró un referéndum en Cataluña para la aprobación del Estatuto de Autonomía, que dotó a Cataluña de instituciones de autogobierno, pero mantuvo la región dentro de la España republicana. El resultado del referéndum fue abrumadoramente favorable y el diario ‘La Nación’ de Buenos Aires (Argentina) publicó un editorial al respecto, del cual se hizo eco ‘La Estrella de Panamá’ en su edición del 30 de agosto de 1931, en su Editorial Extranjera. sección.

Los resultados del referéndum sobre el Estatuto catalán muestran que ha sido aprobado por una mayoría tan considerable que los votos adversos no llegarían al 5% del total de votos. Sus disposiciones fundamentales establecen que Cataluña tendrá su legislatura, compuesta por dos cámaras, del mismo modo que las repúblicas federales admiten la convivencia de tales organizaciones con un Congreso propiamente nacional que desarrolle sus iniciativas en relaciones exteriores, en las fuerzas armadas, en aranceles. . costumbres y otros asuntos que naturalmente conciernen al gobierno central.

No es, por tanto, en la aprobación casi unánime del Estatuto catalán lo que podría calificarse como el inicio de un proceso de desintegración en detrimento de la unidad política que tradicionalmente ha sido la base de la estructura española. En realidad, tiene unas características más limitadas, que salvaguardan plenamente la cohesión institucional de la península, reivindicando para Cataluña el legítimo derecho a intervenir de forma más directa e inmediata en la gestión de sus intereses regionales, pero sin que ello suponga una vulneración de la realidad hispánica. que, en el improbable caso de que se produjera, dañaría gravemente la vitalidad industrial y económica de la región catalana.

Las bases generales del Estatuto catalán están en consonancia con los principios incorporados en el borrador final de la Constitución española, aprobado por la Comisión Jurídica, y que próximamente se estudiarán en las nuevas Cortes (Congreso). En efecto, las disposiciones del título referentes a la estructura nacional reconocen que España, al ser una república democrática, está formada por municipios y provincias que gozarán de autonomía dentro de las leyes; y en el caso de una o varias provincias vecinas, las cuales se definen como región por sus características geográficas e históricas, declara que pueden constituir una entidad autónoma para fines administrativos o políticos.

Los autores del citado proyecto también se han ocupado de autorizar la promulgación de los estatutos autonómicos en relación con la Constitución del Estado, para que, una vez constituida la comunidad autónoma, ésta pueda establecer por sí misma su régimen interno en materias propias. competencia. En cambio, el proyecto de referencia adopta preceptos calculados para garantizar la competencia exclusiva del Estado español, que nunca podrá delegarse en las comunidades autónomas, en lo que respecta a la adquisición y pérdida de la nacionalidad, los derechos y deberes constitucionales, las relaciones entre el Estado y la Iglesia. , Relaciones Internacionales, Fuerzas Armadas, Deuda Pública, Régimen Tarifario, Codificación, Defensa Sanitaria y otras materias afines.

La regla general es, como en algunos organismos federales, que todas las materias no atribuidas, expresamente en su Estatuto, a la Comunidad Autónoma, serán consideradas propias de la competencia del Estado.

Los antecedentes históricos de España y, sobre todo, las múltiples y concordantes manifestaciones producidas en diversos sectores de su territorio, muestran que el modelo federal triunfará finalmente en la organización de la naciente república; y, a juzgar por el entusiasmo mostrado en el referéndum sobre el Estatuto catalán, se puede considerar descartada la tendencia estrictamente unitaria que ha prevalecido, por ejemplo, en Francia y otras naciones.

Las influencias climáticas y la ubicación geográfica en relación con las tradiciones históricas de cada región contribuyen poderosamente a la formación de estas aspiraciones hacia una autonomía que sólo adquiere contornos peligrosos cuando se debilitan los sentimientos y las conveniencias de la unidad política. Dada la forma en que se ha ido produciendo la consolidación de la república en España, sin socavar las autonomías regionales, hay que confiar en que seguirán prevaleciendo los ideales de la concordia para sofocar definitivamente todas las reivindicaciones extremistas. El verdadero propósito de asegurar la prosperidad de la patria común a la sombra de las instituciones republicanas borrará gradualmente muchos malentendidos mutuos; y aportando todo a la gran obra de cohesión que impone la historia y la defensa del futuro, finalmente se producirá la gran y útil asimilación nacional.

By Samuel Suarez

Relacionados