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Fiscalía Electoral inspecciona presunto uso de autos oficiales en el registro de partidos

Un auto con las identificaciones de la Junta Comunal de Ancón llegó a la sede del Tribunal Electoral con un grupo de personas

Fiscalía Electoral inspecciona el presunto uso de vehículos oficiales en el registro de partidos.La estrella de Panamá



La Fiscalía Electoral de Panamá (FEG) realizó una inspección en la sede del Tribunal Electoral (TE).

La FEG, a través de la Fiscalía de Atención Primaria de Salomón Fuentes, acudió a la sede de TE para realizar indagaciones sobre el presunto uso de vehículos oficiales en el traslado de personas para el registro en partidos políticos.

La estrella de Panamá logró obtener imágenes de un auto oficial, con el logo de la Junta Comunal de Ancón, llegando a la sede del TE.

El automóvil transportaba a un grupo de personas, que según las fuentes se estaban movilizando para el registro de partidos políticos.

El actual representante de la localidad de Ancón Iván Vásquez, del gobernante Partido Revolucionario Democrático (PRD).

La llegada de los autos oficiales se informó por la mañana, sin embargo la FGE realizó una inspección por la tarde.

El fiscal a cargo de la inspección explicó que a través de una llamada anónima se les informó que un autobús de un consejo comunitario estaba llevando a algunas personas a registrarse en la Corte. Al momento de la inspección no se encontró el bus, pero tienen conocimiento de videos de la llegada del auto oficial.

“Tenemos una investigación a través de una oficina. Y sería para el uso de bienes y recursos del Estado. Además, tenemos que ver si estas personas son funcionarios y, de ser así, sería otro delito a investigar ”, dijo Fuentes.

El uso de recursos del Estado, según la Fiscalía y el Código Electoral en su artículo 471, la pena sería de seis meses a tres años y suspensión de los derechos ciudadanos e inhabilitación para funciones públicas hasta por tres años.

El siguiente paso será solicitar videos a las cámaras de seguridad de TE.

El Código Electoral, en su artículo 35, establece que los bienes y recursos del Estado no pueden ser utilizados en beneficio o en contra de determinados candidatos o partidos políticos, salvo que, en igualdad de condiciones, estén destinados a un uso legítimo electoral.

El artículo 2 del Código Electoral, en el número 3, establece que «está prohibido obligar, directa o indirectamente, a los ciudadanos a registrarse o renunciar a un determinado partido político para postularse a cargos públicos o permanecer en él».

Samuel Suarez

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