Fondo de jubilación privado, una forma eficiente de asegurar una jubilación sin depender del sistema local

Según las estadísticas publicadas por la Superintendencia del Mercado de Valores de la República de Panamá, en el informe del número de afiliados a fondos privados de pensiones, actualmente operan en Panamá tres administradoras.

Cuando hablamos de finanzas personales hay que tener en cuenta una planificación adecuada y un plan de presupuesto correcto, considerando los gastos fijos y variables y teniendo en cuenta cuánto dinero quiero ahorrar. Para ello, los fondos de pensiones privados son un referente y una excelente opción de ahorro como entidades privadas clasificadas del sector financiero, que gestionan los recursos que les aportan las personas, con el fin de asegurar los riesgos de vejez, invalidez y muerte. Los aportes que realizan todos los afiliados se invierten en la búsqueda del mejor desempeño. Estos fondos se depositan o contabilizan en cuentas individuales que pertenecen al cliente afiliado.

Según las estadísticas publicadas por la Superintendencia del Mercado de Valores de la República de Panamá (SMV), entidad gubernamental encargada de regular a las administradoras de Fondos de Pensiones, en el informe del número de afiliados a fondos de pensiones privados, actualmente tres administradoras son operando en Panamá. A continuación se detallan los datos de afiliados por edad y sexo al 31 de julio de 2021 en cada administrador activo: Progreso AFPC SA: número de afiliados 21.214 desglosados ​​en 9.851 del género masculino con edad promedio de 45 años y 11.363 del femenino. género con edad promedio de 43 años.

Profuturo AFPC, SA: número de afiliados 44.359 divididos en hombres y mujeres con un total a la fecha de 22.687 hombres de 45 años y mujeres 21.672 de 43 años.

Quantia AFP, Corp .: tiene un total de 453 afiliados divididos en 164 hombres de 40 años y 289 mujeres de 38 años.

Cabe mencionar que los bancos locales ofrecen el servicio a través de las subsidiarias administrativas que actualmente operan en Panamá, un plan de ahorro individual donde se pueden realizar aportes mensuales y ahorrar gradualmente para la construcción de un capital que le dará mayores retornos que otras opciones de ahorro. , ofreciendo los siguientes beneficios al cliente: Aportes deducibles y exentos del impuesto sobre la renta, hasta el 10% de la renta bruta anual, máximo $ 15.000. No se requiere una contribución mínima inicial. Devoluciones superiores a otras opciones de ahorro. La cuenta es inalcanzable. Puedes tener un seguro de vida con condiciones preferenciales. Puedes realizar aportes extraordinarios en cualquier momento en la Banca en Línea o en la aplicación y puedes ver el acumulado que estás generando de tu fondo de Banca en Línea.

Cabe señalar que existe un beneficio fiscal, ya que los aportes son deducibles para el contribuyente como gastos y exentos cuando se reciben como ingresos, no tributarán con el impuesto sobre la renta.

Los bancos privados también presentan condiciones para la apertura de estos fondos de retiro que se mencionan a continuación: Se debe realizar un aporte mensual mínimo de $ 50.00. Por ley y como afiliado, la edad a la que abres el fondo determina el tiempo mínimo que debes conservar. Si tiene 45 años o menos, debe conservarlo durante al menos 10 años. Si tienes entre 45 y 50 años, debes permanecer / mantener en el Fondo hasta los 55 años. Si tiene 50 años o más, debe permanecer en el Fondo durante al menos 5 años. Motivos del retiro anticipado: Por fallecimiento, ausencia de ingresos por un período mínimo de tres meses, incapacidad o emergencias médicas del afiliado, sus padres, cónyuges o hijos. Del primer aporte se deducen $ 20 más ITBMS como gastos de apertura legal, para incorporar el Fondo al fideicomiso. Se aplica una comisión mensual por la gestión de los fondos.

Según un análisis realizado por el Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá (MEF), la afiliación a una pensión privada o fondo de retiro es otra alternativa disponible para la población interesada en garantizar su seguridad en la vejez, en términos económicos y asistenciales. Esto, tanto para el asegurado cotizante a la Caja de la Seguridad Social (CSS) que de esta forma desee complementar el monto de la pensión que eventualmente recibirá, como para quienes no sean cotizantes a la CSS, quieran y puedan asegurar la recepción de un recurso económico para el momento de su retiro de la vida activa y su vejez.

Al respecto, el país ha aprobado la Ley 10 de 16 de abril de 1993, que establece incentivos para la formación de fondos para jubilados, pensionados y otros beneficios. Con esta ley surgen los fondos de pensiones privados, con el propósito de obtener seguridad económica para el futuro. El artículo 5 define que: “Los planes a que se refiere esta ley podrán ser individuales o colectivos, contributivos o no contributivos y de contribución definida. Estos planes requieren un mínimo de diez años de aportes para permitir al beneficiario realizar retiros voluntarios de los fondos del plan, excepto en el caso de beneficiarios que ingresan a un plan después de haber cumplido cincuenta y cinco años, en cuyo caso el período puede reducirse a un mínimo de cinco años ”. Además, los beneficiarios tienen la opción de realizar retiros del aporte en su totalidad o programar retiros mensuales una vez vencido el plazo establecido para el retiro.

La Encuesta de Propósitos Múltiples que el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) de la Contraloría General de la República levanta en el mes de marzo de cada año, incluida por primera vez en 2015, en el capítulo de características generales, la pregunta “¿Está afiliado a una pensión privada o un fondo de jubilación? ”. Esta pregunta se hizo a todas las personas de 18 y más años, bajo la premisa de que a partir de la mayoría de edad existen condiciones para decidir sobre la afiliación a un plan de pensiones o fondos de jubilación. El objetivo de esta investigación en la encuesta es: “conocer la magnitud de la población de 18 y más años que se encuentra cubierta por alguno de los sistemas privados de salud o fondos de pensiones o jubilaciones, por lo que generalmente el asegurado –y / o con contribución de la empresa donde trabaja – paga una tarifa mensual o periódica. Esta pregunta es interesante para tener una noción sobre el alcance de la seguridad social en la población del país ”. Con ese interés, este informe, con base en datos de la encuesta, presenta las principales características de la población mayor de edad que en marzo de 2017 declaró estar afiliada a una pensión privada o fondo de retiro, entendiendo como afiliado “tanto a quienes pagan el seguro así como las personas amparadas o beneficiadas (esposa, hijos, familiares) ”.

En el país, todavía hay poco interés entre los ancianos por invertir en una pensión privada o en un fondo de jubilación. La baja afiliación puede estar relacionada con diferentes motivos: que están cotizando a la Caja de la Seguridad Social (CSS), son trabajadores independientes que, aunque algunos podrían hacerlo, no ven este gasto (incluso desde la CSS) como una prioridad o Son trabajadores autónomos cuyos bajos ingresos les limitan a afiliarse. En cualquier caso, por las opciones antes mencionadas o porque son personas que no trabajan o no perciben ningún ingreso, la gran mayoría está poco o nada informada sobre las ventajas de contar con este fondo para la vejez.