La Cuenca del Río Santa María está a un paso de ser declarada Bien de Interés Natural

Por segunda vez se remitirá al Poder Ejecutivo el proyecto de Ley 171 que declara la Cuenca del Río Santa María como Patrimonio Natural Nacional y Área Hidrológica Protegida en su parte superior, baja y media.

La Asamblea Nacional acordó este lunes votar a favor por insistencia, en el tercer debate, luego de que la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales recomendara al Pleno rechazar la excepción de inaplicabilidad formulada por el presidente de la República, Laurentino Cortizo, al documento e «Insista en su aprobación».

Grupos ambientalistas y comunitarios, que estuvieron el día de la votación, celebraron los resultados con una pancarta acompañada de la frase: «Sí a la sanción del proyecto de la Ley 171».

Iniciativa

El propósito del proyecto de ley es proteger y conservar el uso racional de la cuenca del río Santa María, a fin de mantener y garantizar esta fuente de agua que constituye la mayor parte de los distritos de Santa Fe, San Francisco, Cañazas. , Calobre, Nurum, San Francisco, Santiago, Nata, Atalaya, Ocú, Parita, Santa María y Aguadulce.

La cuenca del río Santa María es una de las más importantes de Panamá, y está ubicada en la vertiente del Pacífico, en las provincias de Veraguas, Coclé y Herrera.

Para cumplir con sus objetivos de preservación, el documento busca establecer prohibiciones de actividades sujetas a sanciones administrativas y penales que se relacionen con:

Extracción minera, construcción de centrales hidroeléctricas y cualquier otra iniciativa que represente una amenaza para los ecosistemas.

Toda remoción de tala, desmonte, llenado, secado, extracción y cualquier otra actividad que afecte el caudal hidrológico.

El depósito de residuos sólidos, orgánicos e inorgánicos.

El vertido de sustancias, como agroquímicos, hidrocarburos, aguas residuales de procesos industriales, agrícolas y domésticos sin un tratamiento adecuado.

Actividades que afectan la fauna, la flora, la vida silvestre y la vida acuática.

Cualquier actividad fuera del área protegida que pueda afectar el área.

Además, se crea la Junta Directiva y el Centro de Conocimiento, Seguimiento e Investigación de la Cuenca del Río Santa María.

¿Por qué el veto?

Cortizo, en carta fechada el 10 de junio de 2021, habría anunciado al entonces presidente de la Asamblea Nacional, Marcos Castillero, su veto al proyecto de ley 171 por consideraciones como:

La implementación de la gobernanza de la Junta Directiva de la Cuenca del Río Santa María podría ser una vía de conflicto con las competencias del Ministerio del Ambiente (Miambiente), teniendo en cuenta que dentro de esta zona confluyen varias áreas protegidas ya legalmente declaradas y que Se encuentran bajo la regulación del ministerio, lo que podría generar una contradicción de competencias entre normas para su administración, limitando su debido manejo.

La declaración solicitada por la cuenca afectará el reconocimiento de los derechos de posesión y los trámites de titulación en curso que realizaban las personas de las comunidades incluidas en ese territorio, ya que lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley General del Ambiente dicta que las Áreas Protegidas no están sujetas a la titulación.

Objeción de inexigible al prohibir cualquier actividad fuera del área protegida que pueda ocasionar daños a la cuenca del río San María o interferir con las acciones de manejo del área protegida, por violar la Constitución Política de la República en su artículo 47, que reconoce sobre el propiedad privada adquirida de conformidad con la Ley.

El Centro de Conocimiento, Seguimiento e Investigación no establece cuáles serán sus funciones ni establece su relación con la Junta Directiva.

No es factible declarar toda la cuenca del río Santa María como área protegida, cuando el 62,7% de su superficie carece de cobertura forestal y está conformada por asentamientos humanos y tierras dedicadas a la explotación agrícola y ganadera.

Además, Cortizo indicó que “la declaración que busca el proyecto 171 debe pasar por un proceso en el que se definan claramente los requisitos que deben cumplirse para que sea viable, entre los que cabe mencionar la consulta ciudadana, como requisito indispensable. para contar con el consentimiento de la población que pueda verse afectada por la implementación de la ley propuesta. En el proyecto de Ley 171 no se establece cómo ni quién debe realizar este proceso ”.

“En la actualidad, cualquier proceso de creación de un área protegida establecida como tal por MiAmbiente incluye, entre otros elementos, un estudio de las características ambientales del área que se propone declarar como área protegida, así como un estudio socioeconómico y un fase de participación ciudadana, todo ello con el objetivo fundamental de sustentar científicamente por qué una determinada zona geográfica del país merece ser incluida en esta condición ”, afirmó el mandatario en la carta a la que tuvo acceso La Estrella de Panamá.

“En la actualidad, cualquier proceso de creación de un área protegida establecida como tal por MiAmbiente incluye, entre otros elementos, un estudio de las características ambientales del área que se propone declarar como área protegida, así como un estudio socioeconómico y un Fase de participación ciudadana, todo ello con el objetivo fundamental de sustentar científicamente por qué una determinada zona geográfica del país merece ser incluida en esta condición ”,LAURENTINO CORTIZO,
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

Solicitud

Por lo anterior, Susana Serracín, abogada ambientalista, dijo que para avanzar en el documento aprobado en el tercer debate se corrigió cualquier vacío o inconsistencia que hubiera surgido cuando el Presidente realizó el veto en primera instancia, y se hizo un análisis detallado. de todas las aristas: social, ambiental, cultural y económica.

“Pido al Presidente que tome en consideración la importancia estratégica que representa el recurso hídrico para la población en el desarrollo social, económico, sanitario y cultural”, recalcó Serracín, quien participó en el primer análisis técnico de observación del proyecto de Ley 171.

Situación actual

El doctor Osvaldo Jordán, director ejecutivo del Centro Regional Ramsar para el Hemisferio Occidental (Creho) dijo en una entrevista a EFE que “de momento el río está relativamente sano, porque ha sido uno de esos que, aunque se ha extraído mucho para el riego agrícola y el consumo humano no se han visto tan alterados como otros cursos de agua ”.

“Pero está muy amenazado por el cambio climático, que se estima que incidirá en el hecho de que las lluvias disminuirán en los próximos años, como el caudal necesario del río”, dijo Jordán.

El experto advirtió que si simultáneamente los procesos de contaminación continúan, o se aceleran, o hay desviaciones, construcciones u otro tipo de «alteraciones severas» en el cauce del río, «este gran recurso que alimenta las economías y las poblaciones de las provincias centrales, puede estar en peligro ”.