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La obligatoriedad de la vacuna anticovid, entre desafíos y debates

En Panamá, la vacunación contra el covid-19 no es obligatoria. Es una elección de cada persona. Cuando comenzó la pandemia, se pensó que la desesperación por el virus era tal que la mayoría de las personas se vacunarían tan pronto como tuvieran la oportunidad, pero el panorama actual es diferente.

Cada vez más países quieren que sea obligatorio demostrar que estás vacunado o un PCR negativo para entrar a bares o restaurantes. También para asistir a eventos y coberturas periodísticas. Además, varios países, incluido Panamá, también solicitan al personal de salud que se vacune. Las aseguradoras ya requieren tener la vacuna para renovar las pólizas de salud y vida. Y la Federación Panameña de Fútbol (Fepafut) confirmó este miércoles que solo las personas vacunadas podrán asistir a los partidos en el estadio Rommel. A su vez, el presidente de la República, Laurentino Cortizo, informó que estaba analizando enviar a cualquier funcionario que no esté vacunado a licencia sin sueldo. Pero, ¿es esto compatible con los derechos básicos de los ciudadanos?

El abogado Aresio Valiente, especialista en derechos humanos, recomendó que el gobierno mantenga una estrecha comunicación con la Defensoría del Pueblo para evitar violaciones, sobre las medidas que requieren la vacunación contra el covid-19.

«Todos los actos y sesiones deben estar orientados a los derechos humanos, donde se incluyan las opiniones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos o en este caso la Defensoría del Pueblo», dijo Valiente, quien también es Catedrático de Derecho de la Universidad de Panamá (UP).

. En su discurso pronunciado el pasado viernes, en una gira por Azuero, el presidente Cortizo defendió su posición diciendo que “la obligación de todo servidor público es estar vacunado, por lo tanto, no tienen derecho a contagiar a otros que estén vacunados y van a trabajo «.

Valiente indicó que lo que comentó el mandatario no solo violaría los derechos humanos, sino también el artículo 17 de la Constitución Política de la República de Panamá, que en su último párrafo habla de la dignidad humana.

En el título III sobre derechos y deberes individuales y sociales del capítulo 1 sobre garantías fundamentales, el artículo 17 dicta lo siguiente: “Los derechos y garantías consagrados en esta Constitución deben ser considerados como mínimos y no excluyentes de otros que afecten derechos fundamentales. y la dignidad de la persona ”.

“Combinar la obligación o limitar el derecho al salario es violar los derechos humanos, por lo tanto, las declaraciones de Cortizo están fuera de lugar porque los panameños son libres de vacunarse o no”, dijo el profesor de derecho de la UP. .

El pronunciamiento de Cortizo ha dado lugar a un amplio debate de diferentes sectores a favor o en contra.

El presidente de la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (Cciap), José Ramón Icaza, señaló que el gremio no apoya lo dicho por el mandatario.

“No estamos promoviendo ni respaldando una medida que busca enviar a casa a los empleados que no quieren vacunarse. En este momento, como Cámara, estamos impulsando campañas de educación y enseñanza sobre la efectividad y seguridad de la vacuna, y sentimos que debemos darle suficiente tiempo al plan de vacunación y hacerlo accesible a todas las personas mayores de 12 años que pueden y quieren vacunarse, antes de analizar una medida de esa naturaleza ”, argumentó Icaza.

Mientras que la Federación Nacional de Servidores Públicos (Fenasep) mencionó que la propuesta del presidente es inconstitucional.

En las redes sociales, un internauta se encontró a favor de lo que mencionó Cortizo y escribió: “La autonomía de tu propio cuerpo se acaba cuando enfermas al mío. El Estado debe velar por el bienestar de su población. Vivimos en una situación extraordinaria que requiere la adopción de medidas extraordinarias. La persona que no quiere vacunarse está atentando contra la salud pública y contra el país. Si vuelven contagios masivos, se derrumban hospitales y cementerios, ¿vendrán a hablarme de su autonomía y derecho humano? «

La Defensoría del Pueblo instó en un comunicado a respetar el derecho de cada individuo a ser vacunado, tras señalar que existen medidas que condicionan como requisito que la población a vacunarse reciba atención, subsidio social e ingreso tanto en lugares públicos como privados. .

Esto se debe a que el 5 de agosto la Presidencia anunció que, a partir del 1 de octubre, todos los beneficiarios del plan Panamá Solidario que deseen seguir recibiendo beneficios deberán vacunarse contra el covid-19, de acuerdo con los parámetros del Ministerio de Salud (Minsa).

Esto busca evitar el aumento de contagios durante el servicio social comunitario que se llevará a cabo en el mantenimiento y rehabilitación de infraestructuras deportivas y parques, canchas, escuelas, entre otros lugares públicos y con gran afluencia de personas ”, dijo la Presidencia. en tu Twitter.

Sobre si existe una obligación tanto en los comentarios de Cortizo como en el condicionamiento del programa Panamá Solidario, Valiente dijo que no. Explicó que, en materia de derecho administrativo, la entidad estatal -lámense ministerios y Presidencia- tiene que emitir un decreto para cumplir con el trámite de formalidad de legalidad.

“Todos los actos, opiniones y decisiones tienen que fundamentarse, a través de la ley y la Constitución, mediante los decretos. No podemos hablar de ilegalidad porque no se ha emitido un decreto, porque no existe tal opinión, ya que el presidente solo ha dado un discurso verbal ”, recalcó la abogada de derechos humanos.

La Defensoría del Pueblo enfatizó que los sectores público y privado respetan el derecho que tiene cada individuo a decidir libremente, vacunarse o no; Como se establece en la Ley N ° 68 de 20 de noviembre de 2003, que regula los derechos y obligaciones de los pacientes en materia de información y decisión libre e informada; sin embargo, insta a la población a conocer el proceso de vacunación y sus beneficios.

También recomendó a las autoridades que antes de tomar acciones coercitivas que obliguen a las personas a someterse a un código de vestimenta para recibir su vacuna, deben estar documentadas en estándares nacionales e internacionales de no discriminación.

En atención a la posibilidad de exigir vacunación para ingresar a negocios en la República de Panamá, la Defensoría del Pueblo recordó que aún se encuentra vigente la Ley No. 16 de 2002, que regula el derecho de ingreso a todo local comercial; aplicar cualquier medida no contemplada en la norma “constituiría discriminación”.

Samuel Suarez

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